Por Emilio Oñate Vera
Decano Facultad de Derecho, Universidad Central
Hace un par de semanas, a propósito de la despenalización de la interrupción del embarazo en tres causales y cuando creíamos que nuestro congreso estaría a la altura de un proyecto tan emblemático, que reivindica los derechos de la mujer a decidir, nos vemos sorprendidos por el ‘pareo’ de algunos diputados, impidiendo su aprobación, postergando un proyecto que lo que hace es asumir una realidad social incontrarrestable.
Ciertos argumentos sostenidos por algunos parlamentarios son francamente sorprendentes, como que “la vida la otorga dios y solo dios la puede quitar, que hay que distinguir entre la violación normal y las otras, que las mujeres son administradoras o tenedoras de una vida, que apoyar esta ley sería igual a apoyar la esclavitud o la colonización española”. Sinceramente, uno se pregunta, más allá de las legitimas convicciones de cada cual, donde está el sentido común.
La legislación que esperamos se apruebe prontamente en comisión mixta, en caso alguno está promoviendo el aborto, lo que hace es permitir, sin censura social ni penalización alguna, el ejercicio del derecho de toda mujer a poder interrumpir su embarazo si se configuran tres causales de extraordinaria complejidad y que de seguro generan un gran dolor para ellas y su entorno. Tampoco resulta razonable creer que por la aprobación de esta ley va a haber más abortos en Chile, los abortos ya existen y estigmatizan y sancionan a las mujeres que deben sufrir esta traumática situación.
No por nada la experiencia comparada hace rato que muestra una realidad totalmente distinta a lo que hasta ahora ocurre en Chile, de hecho solo ocho países del mundo prohíben la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia y tipifican penas de cárcel para la personas que realicen, intenten realizar o faciliten la realización de un aborto.
Ya se ha anunciado, una vez aprobado este proyecto, el requerimiento ante el Tribunal Constitucional, y de seguro se esgrimirán argumentos relacionados con el derecho a la vida del que esta por nacer, que la Constitución asegura a todas las personas en el numeral primero del artículo diecinueve, o que los preceptos legales no pueden afectar los derechos fundamentales en su esencia, como se desprende del numeral veintiséis del mismo artículo.
Ninguna de estas fundamentaciones parece válida, en primer lugar porque no se amenaza ni se transgrede la vida de nadie, la persona, el ser humano es mucho más que un embrión o feto, que además no tendrá viabilidad de vida, no nacerá. Por consiguiente la integridad física y psíquica de la madre, la vida de esa mujer que lleva en su vientre a quien no nacerá, con todo el dolor que ello conlleva, también debe ser reconocido y tutelado por nuestro ordenamiento jurídico. Y precisamente reconocer aquello implica proteger en su esencia los derechos de las mujeres.
Lo que parece evidente es que quienes legislan no pueden pretender trasladar ni menos imponer sus personales convicciones a toda la sociedad, ellos son por esencia los representantes de la voluntad popular, de la soberanía que reside en la nación, se debe respetar el derecho de la mujer a decidir en situaciones límites, felizmente son unos pocos parlamentarios los que parecen no entenderlo así, o lo que sería más grave, parecen haberlo olvidado.