Llegó septiembre, para muchos chilenos uno de los mejores meses del año, esto porque llega la primavera y un mejor clima nos envuelve. Además, se asoma el “dieciocho” y esto trae ceremonias varias, compartir con amigos o familiares, asados y un buen zapateo de cueca. También, los rumores en la oficina en torno a una pregunta: ¿nos darán aguinaldo? Sepa si está o no sujeto a este beneficio.
El aguinaldo es una remuneración que recibe el empleado adicionalmente a su mensualidad habitual, pueden existir uno o más durante el año, como por ejemplo, en Fiestas Patrias y Navidad, y corresponden al ámbito de las compensaciones que los departamentos de Recursos Humanos deben dirimir.
El objetivo de este pago extra o canastas que se entregan en algunas ocasiones, es para solventar las celebraciones que se originan en determinadas fechas. Según Enrique Pérez, Director de la carrera de Gestión en Recursos Humanos de CFT ProAndes, “independientemente de la forma en que se entregue este tipo de beneficio, los trabajadores lo valoran mucho, sobre todo durante estas fechas, y lo más importante es que genera buen clima laboral. El trabajador tiende a sentirse más cercano y comprometido con su empresa”.
¿Qué dice la legislación al respecto? La Ley ampara esta bonificación extra solo a quienes trabajen dentro del sector público. Dentro del ámbito privado, queda a disposición del empleador si otorgar o no ésta. En otras circunstancias los sindicatos resuelven con el contratante este tema. Por tanto, los trabajadores estatales les corresponden obligatoriamente el aguinaldo.
“En los organismos públicos, el monto del aguinaldo será de $63.000.- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que le corresponderá percibir en agosto, sea igual o inferior a $660.000 y de $44.119; para aquellas remuneraciones que supere dichos montos”, dice Pérez. Además, este año el Gobierno ha decidido otorgar una bonificación extra al sector de pensionados, que involucra un total de a 2 millones 32 mil personas, las cuales recibirán junto con su pensión, la suma de $8.793; por cada carga familiar acreditada.
En el sector privado dependerá del empleador, pero puede existir el mecanismo que si dicho aguinaldo se hace sostenido en el tiempo y un año se decide no otorgarlo por parte del jefe, los trabajadores pueden exigirlo como un derecho adquirido.
Esta subvención, dentro del ámbito no gubernamental, puede ser dinero, canastas familiares, giftcards, entre otras. Sin embargo, para los que trabajan para el Estado, solo debe corresponder a dinero.
Y tú… ¿podrás obtener tu aguinaldo dieciochero?
Gran Valparaíso – ¿QUIERES SABER SI TE CORRESPONDE AGUINALDO? http://t.co/dI4q0nmA4h