Por Marco Antonio Sepúlveda
Director del Magíster en Derecho Registral e Inmobiliario, U.Central
El proyecto que envió el Gobierno al Congreso parte de dos antecedentes indesmentibles; el primero, que el sistema notarial y registral que ha regido a nuestro país “ha constituido un pilar fundamental de seguridad en el tráfico jurídico”; y el segundo, que la actividad económica y el comercio requieren de mayor dinamismo, flexibilidad y eficiencia, pero “manteniendo niveles de certeza jurídica”. Esto último, además, pone de manifiesto que la actividad económica y la seguridad jurídica no son dos fuerzas en tensión; por el contrario, la teoría económica del derecho nos demuestra con toda nitidez que a mayor seguridad jurídica se logran mercados más eficientes.
No obstante que hay coincidencia con el Gobierno en el diagnóstico de varios problemas que presenta el sistema, se debe actuar con prudencia y sensatez en la búsqueda de las soluciones. Los objetivos que explicita el proyecto son reducir las barreras de entrada y la discrecionalidad de los nombramientos, perfeccionar el sistema de fiscalización, aumentar la competencia en el sistema notarial, disminuir asimetrías de información, incorporar estándares de transparencia y probidad, modernizar la actividad y la desnotarización.
En el papel se trata de objetivos plausibles; sin embargo, se nos presentan aprehensiones con algunas de las reformas que se proponen para lograrlos; tales como, la creación de los “fedatarios”, cuya independencia y fiscalización genera legítimas dudas; el límite de 21 años en el cargo y la eliminación de las categorías, lo que es contradictorio con una carrera funcionaria; nombramientos en base a ternas, lo que siempre ha sido fuente fecunda de designaciones injustas; la creación de un Consejo Resolutivo de Nombramientos integrado por ningún experto en derecho registral y notarial, con un aporte extraordinariamente discreto al mejoramiento del sistema, financiado con el erario nacional, y la fiscalización por parte de los fiscales judiciales, lo que no asegura ninguna mejora en los estándares actuales, sumado al colapso indesmentible de la dependencia de notarios y conservadores al Poder Judicial, donde la Corte Suprema no ha ejercido en toda su dimensión legal la adecuada superintendencia del cuerpo notarial y registral. Todo lo anterior es sin perjuicio de los aspectos que omite el proyecto.