Ley de 40 horas y Artículo 22: ajustes necesarios para adaptarse a la nueva normativa.

Publicado por Equipo GV 4 Min de lectura

Por José Navarrete Oyarce
Director Magíster en Tributación
Universidad Andrés Bello

El próximo viernes 26 de abril comienza a regir oficialmente la Ley 21561 que, dentro de varios aspectos, rebaja gradualmente la jornada laboral desde las actuales 45 horas semanales a 40 horas el año 2028. Particularmente, para este año 2024, la rebaja es de una hora, vale decir, se pasará de 45 a 44 horas semanales.

Cuando faltan solo algunos días para este crucial cambio, las empresas están (o deberían estar) realizando una serie de ajustes operativos para poder afrontar con éxito este desafío, puesto que la nueva normativa no solo rebaja la jornada laboral, sino que trae otros cambios importantes en la relación trabajador empresa. Por ejemplo, la compensación de horas extras con descanso, registro electrónico de asistencia, banda horaria para padres o madres cuidadoras de hijos menos de 12 años.

Sin embargo, a mi juicio, el cambio más potente es la regulación del artículo 22 del Código del Trabajo. Este artículo permite liberar de jornada laboral a los trabajadores que, debido a la naturaleza de sus funciones, no tengan supervisión directa. El problema de fondo es que muchas empresas hacen uso y abuso de esta norma, aplicándola a colaboradores que claramente no deberían.

Dentro de mi quehacer profesional, he visto muchas empresas que plantean la liberación de la jornada como un beneficio para el trabajador, cuando en realidad no lo es. A pesar de que el espíritu original del Artículo 22 era flexibilizar la jornada de trabajadores tales como gerentes, altos ejecutivos, entre otros, en la práctica muchas empresas lo mal utilizaron para administrar costos y dar cierta sensación de libertad a sus trabajadores.

Desde mi punto de vista, esta nueva normativa, que es mucho más específica a la anterior, traerá importantes movimientos al interior de las empresas, dado que, muchos trabajadores que hoy están sin control de asistencia deberían pasar a tenerlo. Esto afectará varias dimensiones, por una parte, se transparentarán los costos de personal, al tener que asumir, por ejemplo, horas extras que antes no se pagaban, o bien, requerirá repensar las funciones y responsabilidades de ciertos colaboradores. También tendrá un efecto en la vida personal de los empleados que tendrán que pasar de una jornada flexible a una jornada regulada, puesto que perderán libertad.

Es de esperar que, dada la gradualidad de la ley, estos cambios sean aplicados de tal manera que los costos de implementación no tengan que ser compensados con reducciones de personal, sobre todo en el escenario económico actual, con alto desempleo y bajo crecimiento.

Finalmente, a pesar de que personalmente no soy un partidario de la nueva ley, puesto que genera menor flexibilidad laboral al mercado, espero que todas las empresas la cumplan y no se aplique el dicho “hecha la ley, hecha la trampa”, sobre todo respecto de la liberación de la jornada laboral.

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