Nueva ley de delitos económicos aumenta valor de multas en más de siete veces para las empresas

Publicado por Equipo GV 4 Min de lectura

En un webinar realizado por el estudio de abogados Albagli Zaliasnik, se detalló que, mientras con la actual normativa la multa máxima para una compañía es de 20 millones de dólares, con la nueva ley el tope aumenta a 150 millones de dólares.

El estudio de abogados Albagli Zaliasnik (az) realizó esta semana un evento donde se dieron a conocer los principales cambios que establece la nueva Ley de Delitos Económicos, publicada por el Presidente de la República hace un par de semanas. En la ocasión, los abogados de la firma, Daniela Castillo, del Grupo Penal y Jaime Viveros, del Grupo Compliance, explicaron y comentaron sobre las principales implicancias de la nueva normativa para las personas naturales y empresas.

Uno de los principales cambios de la ley es el aumento exponencial en el valor de las multas. De esa forma, según se explicó durante el evento, mientras con la normativa actual las multas para las empresas pueden alcanzar los US$20 millones, con la nueva ley podrían llegar a los US$ 150 millones.

Entre la audiencia hubo muchas preguntas relacionadas con cómo prevenir los nuevos riesgos. Según explicaron los expertos, en la nueva ley se establece que la responsabilidad de las empresas se configurará por la falta de un modelo de prevención adecuado y eficaz. En este sentido, si bien muchas empresas cuentan hoy con este tipo de modelos, deberán actualizarlos a las nuevas exigencias de la ley, la que comenzará a regir para las personas jurídicas, dentro de un año, desde su entrada en vigencia.

Según se explicó en el webinar, hay cuatro asuntos clave que las empresas deben seguir para evitar la responsabilidad penal, tanto de los miembros de la organización como de la persona jurídica:

1. Identificación de las actividades de riesgo. Para ello, se deberá levantar información sobre las principales actividades de la empresa con el fin de tener claridad sobre a qué riesgos podría estar expuesta la organización. Esto variará mucho respecto de cada industria. Por ejemplo, la construcción o minería podría estar mucho más expuesta a riesgos relacionados con la afectación del medioambiente.

2. Implementación de procesos y protocolos para mitigar los potenciales riesgos identificados. Lo anterior, mediante la realización de capacitaciones a los colaboradores, y la modificación de los contratos de trabajo, donde se establezcan claramente las responsabilidades que cada uno tiene en la prevención de delitos.

3. Compliance Officer. Usualmente, las empresas que cuentan con Modelos de Prevención de Delitos cuentan con una persona dedicada a la gestión de estos temas. La nueva ley establece que es necesaria una ampliación a todos los sujetos responsables al interior de la organización. Ante esto, una buena medida pudiera ser adoptar comités de quienes tengan cargos de responsabilidad y sean dueños de sus distintos procesos, por ejemplo, en TI, asuntos medioambientales, tributarios, etc.

4. Monitoreo. La nueva ley establece que es necesario que un tercero independiente realice un monitoreo y actualización continuos del modelo de prevención.

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