Reforma de pensiones: ¿Cuándo jubilar?

Publicado por Equipo GV 2 Min de lectura

Por Catalina Maluk Abusleme
Decana Facultad de Economía y Negocios, U. Central

 
Catalina Maluk fotoConocidas las medidas anunciadas por el Gobierno en torno a la reforma al sistema de pensiones, se anticipa una ardua discusión parlamentaria antes de su aprobación definitiva.

Si bien no toca el corazón del sistema ni se hace cargo de la impopularidad de las AFP, en lo grueso los anuncios parecen apuntar en la dirección correcta, toda vez que la iniciativa propuesta aumenta el aporte del empleador para las cotizaciones de los trabajadores, refuerza el pilar solidario, crea bonos especiales para la mujer y la clase media, y estimula, mediante incentivos, la permanencia de adultos mayores en el mercado laboral.

En este último punto, hay una discusión de fondo que no hemos dado como país. ¿Está preparado el mercado laboral para absorber a adultos mayores que en plena capacidad física y mental quieran seguir trabajando?

Las expectativas de vida de los chilenos han aumentado considerablemente en las últimas décadas, lo que, dicho en simple, significa que los fondos previsionales deberán prorratearse por más años.

Como en Chile, no tenemos un sistema de seguridad social, hay muchos trabajadores que, aun cumpliendo con la edad para jubilar, permanecen en el mercado laboral.

Entonces, ¿por qué el proyecto no subió derechamente la edad de jubilación?

Desde luego que hacerlo, sería impopular, pero además requiere de un mayor análisis del mercado laboral a efectos de determinar a qué tipo y calidad de empleo accederían los adultos mayores. Postergar el retiro incrementaría las pensiones en un 8% por año, lo que ciertamente es un incentivo que podría resolver una parte del problema; la otra es ver de qué manera las empresas tomarán el desafío de mantener en sus filas, en cargos acorde a su experiencia, a quienes superen la edad de jubilación.

 

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2 Comments
  • Estimado comparto su opinion en cuanto a elevar la edad de jubilar,fui funcionaria del estado y tuve companeras que jubilaron con 65 y mas anos y su pension solo se incremento en escualidos $5.000 con todas sus imposiciones.
    Es necesario tambien recalcar que solo un tercio del quintil mas pobre recibira el aporte previsional y que la pension basica solidaria,dependera del vsto bueno del o la trabajadora social del municipio, o sino ?Como se justifica que el IPS otorgue dichas pensiones a personas con cuentas corrientes?

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