Buscando que las Administradoras de Fondos de Pensiones, AFPs, asuman responsabilidad indemnizatoria ante situaciones de pérdidas de fondos que están a su cargo, el senador de Magallanes Carlos Bianchi, presentó una innovadora propuesta de ley, donde se fija el estándar de “diligencia debida” de las instituciones privadas que tienen la obligación de administrar dineros de terceros.
Entre los argumentos que sustentan la moción presentada, se especifica que existen bienes especialmente valiosos o vulnerables para la sociedad, como los fondos de pensiones, por lo tanto, a quienes los administran se debe exigir el máximo cuidado en su administración.
Bianchi, explicó que este proyecto busca que el peso de la prueba en caso de una falta de diligencia de parte de las AFPs, la tengan ellas mismas. Ahora las AFP deberán probar que no han incurrido en ninguna falta.
La iniciativa de Articulo Único busca modificar el artículo 19 numeral 18 de la Constitución Política de la República, agregando un nuevo inciso tercero, en los siguientes términos:
“Las instituciones privadas que administren fondos de pensiones provenientes de cotizaciones obligatorias serán responsables hasta por culpa levísima y concurrirá siempre la indemnización de perjuicios por todo daño causado al afiliado. Se presume la responsabilidad civil de la administradora cuando la rentabilidad anual del fondo de pensión del afiliado sea negativa.”
Esto quiere que la ley presume la responsabilidad de las AFP cuando un fondo tiene pérdidas y además la obliga a indemnizar todos los daños causados a los afiliados.