Por María Angélica Valladares
Educación Diferencial, U.Central
Uno de los componentes más controversiales respecto del planteamiento sostenido en la ‘Ley de Inclusión’, lo constituye el referido a la eliminación del lucro en los establecimientos educacionales que perciben aportes del estado, además de la eliminación del copago. Este último en virtud del paso que marcaba la significativa diferencia entre la escuela municipal de escasos recursos y con altos índices de vulnerabilidad, con establecimientos de mejor ‘infra’ y con cierta selección social y cultural.
No deja de llamar la atención que bajo la denominación de una Ley alusiva a la Inclusión, sea precisamente ésta la razón de discordia y polarización de quienes forman o son representantes del sistema escolar chileno. Lo que realmente sorprende es no habernos acercado, siquiera mínimamente, a comprender el sentido y las implicancias de lo que representa un sistema educativo que se denomine inclusivo.
Las determinaciones de esta comprensión podrán estar dadas en la medida que el acceso deje efectivamente de ser una preocupación y las condiciones permitan ir eliminando las vergonzosas brechas entre establecimientos ‘públicos’ y privados. Nos queda mucho por abrirnos a la idea de un sistema educativo inclusivo, hoy más que nunca son relevantes de considerar en un país tan diverso.